Código de Conducta Empresarial de FNLS
1.- Actuación conforme a la Ley y la Ética
El equipo directivo y todos los trabajadores que forman parte de FNLS deberán desempeñar su función en la organización, no solamente con estricto cumplimiento de la legislación aplicable, sino evitando, además, cualquier práctica que no sea éticamente aceptable bajo estrictos criterios de honestidad e integridad moral.
2.- Lucha contra la Corrupción
FNLS rechaza de plano y categóricamente la corrupción en todas sus formas y prohíbe dar o aceptar sobornos de cualquier forma, directa o indirectamente, incluyendo comisiones ilícitas, la utilización de fondos o capitales con fines inmorales y el uso de vías o circuitos paralelos destinados al pago o a la recepción de beneficios ilícitos destinados o procedentes de Clientes, Proveedores y Funcionarios Públicos.
Todos los Directivos, Empleados y Colaboradores deberá denunciar cualquier petición u oferta de pago o de ventaja ilícita que puedan llegar a recibir o conocer.
FNLS acata puntualmente las leyes nacionales e internacionales relativas a la Lucha Contra la Corrupción.
3.- Compromiso con los Clientes
La política de FNLS consiste en ofrecer a nuestros clientes servicios y productos de elevada calidad, a precios adecuados y cumpliendo los compromisos sin demoras.
No podrán aceptarse regalos o prestaciones equivalentes que no sean habituales en el mercado y de razonable valor. En caso de duda, deberá informarse al responsable del área de la que dependa el empleado.
4.- Compromiso con los Empleados
Creemos firmemente que las relaciones con los empleados deben basarse en la confianza mutua, el respeto y reconocimiento de la dignidad.
No se discriminará a los empleados por razones de raza, sexo, edad o cualquier otra condición ajena a su capacidad profesional.
5.- Compromiso con los Proveedores
Las decisiones en relación con los Proveedores deberán tomarse de manera imparcial, evitando cualquier conflicto de interés, debiendo estar basadas, en todo caso, en datos de carácter objetivo, considerando la calidad del producto o servicio a adquirir, su valor, el precio y teniendo en cuenta las condiciones del mercado.
6.- Compromiso con la Comunidad
FNLS cumple la legislación vigente, asume sus obligaciones sociales y está comprometida con el crecimiento económico y social a través de la creación y mantenimiento de empleo.
7.- Compromiso con la Salud, la Seguridad y el Medio Ambiente
Es esencial para FNLS Diseñar, Fabricar y Proveer sus productos y servicios, así como el manejo de todo tipo de materiales, de manera segura y sin provocar riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente, cumpliendo en consecuencia las leyes y ordenanzas pertinentes a estas materias.
8.- Competencia Desleal
FNLS practica la Competencia Empresaria con lealtad y de acuerdo con las leyes vigentes.
Cuando dialogamos con Clientes, no se denigra ni se difama intencionadamente a nuestros Competidores.
Nunca nos comprometemos a realizar una prestación de Servicios que no somos capaces de proporcionar.
9.- Conflictos de Intereses
Todos los empleados y colaboradores de FNLS deberán abstenerse de intervenir en aquellos asuntos en los que pueda existir un conflicto de intereses con un empleado o colaborador de la Empresa.
A tal efecto, cualquier persona que entienda que se encuentra potencialmente en una situación de conflicto de intereses por causa de otras actividades que realice fuera de la Empresa, sus relaciones familiares, su patrimonio personal o cualquier otro motivo, deberá comunicarlo de manera inmediata a su Responsable directo, al efecto de que éste analice la existencia o no de dicho conflicto y, en tal caso, tome las medidas concretas para evitarlo.
Todo empleado de FNLS que tenga relaciones patrimoniales con Clientes, Proveedores o Competidores, ya sea directamente o a través de parentesco, tiene la responsabilidad de ponerlo en conocimiento de la Gerencia General.
10.- Confidencialidad
Todas las informaciones obtenidas con ocasión de la prestación de nuestros servicios deben ser tratadas y deben permanecer en la más estricta confidencialidad, salvo que sean objeto de una difusión pública autorizada.
Las informaciones técnicas, los sistemas, innovaciones y conocimientos desarrollados o adquiridos por FNLS y las que sean objeto de acuerdos de no-divulgación, se deben mantener y conservar de manera estrictamente confidencial.
El uso de esta información ha de permanecer restringida a los fines profesionales autorizados y no ser utilizada con un objetivo personal. Su utilización se debe limitar a las personas habilitadas para recibirlos y utilizarlos.
Todas las personas que se obligan al cumplimiento del presente Código, deben tomar las medidas necesarias para proteger la confidencialidad de la información a la que acceden, respetando a título personal este compromiso de confidencialidad y cuidando de que sea respetado por los colaboradores bajo su responsabilidad, utilizando medios adecuados ya sea a través de cláusulas del contrato de trabajo, firma de acuerdos de confidencialidad o bien cualquier otro medio equivalente en derecho local. Los colaboradores de FNLS, seguirán sujetos a estas obligaciones de confidencialidad después de cesar en sus funciones.
11.- Información Fiel
La información económica y financiera de FNLS, tanto interna como externa, reflejará fielmente su realidad económica, financiera y patrimonial de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados.
12.- Normas de Pagos
Cualquier acuerdo con terceros del que se derive cualquier obligación de pago para FNLS, deberá constar por escrito en el que se describirá de manera suficiente el servicio de que se trate y contar con la autorización de la persona que corresponda de acuerdo con los sistemas y procedimientos de la Empresa.
Cualquier pago que deba realizar la Empresa, deberá efectuarse mediante cheque nominativo o transferencia bancaria, quedando expresamente prohibidos los pagos en efectivo o mediante cheque al portador, salvo autorización expresa de la Gerencia General.
Queda expresamente prohibido todo pago, directo o indirecto, de comisiones o cualquier otra forma de retribución a funcionarios o empleados de cualquier organismo o entidad pública o privada, con objeto de obtener pedidos o conseguir cualquier ventaja comercial.
13.- Incumplimiento
El incumplimiento a las normas del presente Código de Conducta Empresarial dará lugar a la aplicación de las medidas disciplinarias oportunas de acuerdo con la legislación aplicable.
14.- Interpretación
Cualquier duda que pueda derivarse de la interpretación del presente Código de Conducta será resuelta por la Gerencia General de la Empresa.
El presente Código de Conducta Empresarial ha sido aprobado por la Gerencia General de FNLS.